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UniversidaddeCádiz
Facultad de Ciencias de la Educación

Acceso y Matrícula – MPGS

Constituirá un requisito necesario para el acceso al Máster de Psicología General Sanitaria, la posesión de un título de Licenciado/Graduado en Psicología unido, en su caso, a una formación complementaria que garantice que el interesado ha obtenido al menos 90 créditos ECTS de carácter específicamente sanitario.
Los Graduados en Psicología que hayan superado planes de estudio con mención en Psicología de la Salud adaptados a la “Orden CNU/1309/2018, de 5 de diciembre, por la que se regulan las condiciones generales a las que se ajustarán los planes de estudio del Grado en Psicología”, cumplen este requisito de acceso al tener en su título universitario oficial de grado una mención en Psicología de la Salud.
El procedimiento para permitir el acceso a los poseedores de títulos de Licenciado/Graduado en Psicología verificados con anterioridad a la entrada en vigor de la citada Orden CNU/1309/2018 consiste en comprobar que el plan de estudios que han superado incluye una formación de al menos 90 créditos ECTS de carácter específicamente sanitario, y en caso contrario establecer los complementos de formación de entre las materias que componen la mención en Psicología de la Salud del Grado en Psicología. A este respecto:
  • Para los Graduados en Psicología, que hayan superado planes de estudio con anterioridad a su adaptación a citada Orden CNU/1309/2018, ha quedado garantizada una formación de al menos 90 créditos ECTS de carácter específicamente sanitario, por los procesos de evaluación externa que han realizado las agencias de aseguramiento de la calidad para la verificación del plan de estudios de Grado en Psicología, tomando como referente el libro blanco, así como para la verificación inicial del plan de estudios de Máster en Psicología General Sanitaria.
  • Para los Licenciados en Psicología ha quedado garantizada una formación de al menos 90 créditos ECTS de carácter específicamente sanitario, por los procesos de evaluación externa que han realizado las agencias de aseguramiento de la calidad para la determinación del nivel 3 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior, así como para la verificación inicial del plan de estudios de Máster en Psicología General Sanitaria.
En base a estos argumentos, los títulos de Graduado en Psicología y Licenciado en Psicología, emitidos en el estado español previos a la orden CNU/1309/2018, cuentan con los requisitos necesarios para el acceso al Máster en Psicología General Sanitaria y por lo tanto los poseedores de los mismos no pueden quedar excluidos de los procesos de selección, ni requieren complementos de formación.
30 plazas.
Curso 2019/20 2020/21 2021/22 2022/23 2023/24
Nota de Corte 8.13 8.11 8.15 8.13 8.19
Nota Media de Ingreso 8.35 8.39 8.26 8.5
En cuanto al procedimiento de gestión para el ingreso en los Másteres Universitarios de las Universidades Públicas de Andalucía y de acuerdo con la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía, que lo aprueba y hace público para cada curso académico, éste es estructurado del siguiente modo:

SOLICITUD DE PLAZAS

La solicitud de plaza se presentará rellenado el oportuno formulario electrónico que se habilitará en la web de Distrito Único Andaluz en los respectivos plazos de entrega de solicitudes, en la que se relacionarán todos los másteres de interés del solicitante, por orden de preferencia. Los alumnos solicitarán su preinscripción al menos en una de las siete Universidades participantes y los admitidos en el máster se matricularán en la Universidad por la que solicitaron su admisión en primer lugar.
Durante la cumplimentación del citado formulario, el sistema informático le permitirá, en su caso, aportar en formato PDF aquella documentación que cada máster le requiera. En el supuesto de que finalmente obtenga plaza, deberá presentar en el respectivo centro donde realice la matricula los documentos originales que permitan contrastar la veracidad de lo aportado al formulario.

FASES DEL PROCEDIMIENTO Y CUPOS

El procediendo de admisión se divide en tres fases en las que las universidades pueden repartir las plazas totales que se ofertan en cada máster. Se contempla que la primera fase sea exclusivamente para estudiantes con título extranjero con, o sin, homologación por el Ministerio de Educación Español. Así pues se establece:
Fase 1: Cupo de Extranjeros.
Fase 2: Cupo General.
Fase 3: Cupo General.
En el supuesto de que no se reserven plazas para extranjeros en la fase 1, o estos alumnos participen directamente en la fase 2 o en la fase 3, sus solicitudes se tratarán en pie de igualdad con el resto de solicitantes por el cupo general.

EVOLUCIÓN DE PLAZAS OFERTADAS

Con independencia del reparto de plazas que las universidades hagan para cada máster en cada fase, las plazas que resultasen sobrantes en cada fase, se acumularán automáticamente a la siguiente fase. A excepción de acumular desde la fase 1 a la fase 2, si la universidad ha repartido las plazas del máster de que se trate entre la fase 1 y la 3

EVOLUCIÓN DE LAS SOLICITUDES

Todas las peticiones de másteres formuladas por un solicitante que no hayan obtenido plaza y estén en las respectivas listas de espera, serán duplicadas automáticamente, en su caso a la siguiente fase, participando en pie de igualdad con quienes han formulado su solicitud en esta “siguiente fase”.
De esta manera, un solicitante no pierde sus expectativas en la fase en la que concursó -sigue estando en lista de espera de dicha fase por si se produjesen plazas vacantes-, y no necesita presentar una nueva solicitud a las siguientes fases para optar a las plazas que, en su caso, se oferte en ellas. De igual forma, las solicitudes de plazas de la primera fase en lista de espera del cupo de extranjeros, se duplicarán automáticamente para que concurran también, en su caso, por el cupo general de la siguiente fase.

MATRÍCULA O RESERVA DE PLAZA

Cada fase de preinscripción tiene dos o tres adjudicaciones.
En la primera de cada una ella los solicitantes deberá seguir las siguientes instrucciones:
  • Solicitantes que han sido admitidos en su primera petición: formalizarán la matrícula (o abonarán, en el caso de extranjeros, el correspondiente pago a cuenta de la matricula) en el máster de que se trate dentro del plazo establecido con el procedimiento que establezca la correspondiente universidad. No podrán optar a ningún otro máster donde exista lista de espera
  • Solicitantes que desean estudiar el máster actualmente asignado, rehusando estar en espera en otras peticiones de mayor preferencia: formalizarán la matrícula en el máster de que se trate dentro del plazo establecido con el procedimiento que establezca la correspondiente universidad.
  • Solicitantes que desean quedar en espera de obtener plaza en másteres de mayor preferencia del asignado, deberán realizar una reserva de la plaza actualmente asignada. La citada reserva se realizará en esta misma web.
  • Quienes no tengan asignada ninguna plaza, deberán esperar a figurar en las listas correspondientes a sus peticiones, y realizar matrícula en el momento en que resulten asignados en alguna de ellas, tal como se ha indicado en los apartados anteriores.
En la segunda, o en la tercera en caso de extranjeros, de las adjudicaciones todo solicitante al que se le asigne plaza deberá matricularse obligatoriamente, sin menoscabo de que si posteriormente resultasen plazas vacantes en másteres de mejor preferencia de la matriculada en las que su puntuación le permitiese la admisión, le será comunicado y podrá cambiar la matrícula a su nuevo máster.
En cualquier caso, el sistema informático le avisará al interesado cuando puede hacer matrícula o reserva de plaza.
El alumno estará vinculado, a efectos académicos y administrativos, a la Universidad en la que se haya matriculado, Así, cada Universidad asume las tareas de tramitación, custodia y emisión de certificados de los expedientes de los estudiantes relativos al Título Oficial cuya impartición es objeto de este Convenio, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 3 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de Octubre (modificado por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio), por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. Igualmente, cada universidad emitirá el correspondiente título de Máster, que será firmado por el Rector de la Universidad en la que se ha matriculado el alumno en representación de los Rectores de las universidades participantes, indicándose esta situación junto al carácter interuniversitario del Máster y las universidades participantes.
Los criterios y requisitos de admisión en el Máster Universitario en Psicología General Sanitaria responden al acuerdo general normativo adoptado por las autoridades académicas andaluzas que afecta a todos los másteres oficiales ofertados en la Comunidad Autónoma de Andalucía y que se plasman en los mecanismos de acceso establecidos a través del Distrito Único Universitario Andaluz, siendo éstos objetivables y ponderables.
El criterio de selección único de los estudiantes del Máster será la nota media del expediente académico. Dicho criterio se hará público desde el comienzo del plazo de presentación de solicitudes hasta la finalización del proceso en la respectiva universidad. En cualquier caso, siempre está disponible en el punto de acceso electrónico:
La Comisión de Garantía de Calidad del Centro propondrá una serie de criterios de selección para el caso de que se llegue a producir una situación de acceso competitivo en un curso académico, al haber más solicitudes que plazas disponibles. Dichos criterios serán publicados en la guía docente de cada curso.
Normativa actual:
  • Reglamento UCA/CG11/2010: https://bit.ly/3CSt3ft
  • Acuerdo del Consejo de Gobierno de 26 de marzo 2019, por el que se aprueba la modificación del Reglamento UCA/CG11/2010, de 28 de junio de 2010, de Admisión y Matriculación en la Universidad de Cádiz: https://bit.ly/3nOGyIE
Las actualizaciones de esta normativa estarán disponibles aquí.
NÚMERO ECTS DE MATRÍCULAS
  Tiempo Completo Tiempo Parcial
ECTS Matrícula mínima ECTS  Matrícula máxima ECTS Matrícula mínima ECTS  Matrícula máxima
Primer curso

60 60 30 36
Resto de cursos
30 60 24 30
Normativa actual:
Las actualizaciones de esta normativa estarán disponibles aquí.
Las solicitudes de transferencia/reconocimiento de créditos para este Máster Oficial están reguladas por Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1393-2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, y Normativa UCA sobre Reconocimiento de Créditos.
Para consultar información específica sobre transferencia y reconocimiento de créditos del Máster en Psicología General Sanitaria, pulse aquí.
Consultar aquí los precios públicos de la titulación.